Necesidades básicas · Conciliación
- Personas cuidadoras.
- ERTE.
- Trabajadores con reducción jornada total/parcial.
- Desempleo.
- Autónomos.
- Trabajadores, por cuenta ajena o autónomos, que perciben el subsidio por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave a 14 de marzo de 2020 y se les haya suspendido el contrato o reducido la jornada.
- Que el ERTE corresponda a la parte de la jornada no afectada por el cuidado del menor .
Acreditación por parte de la empresa.
El importe que se estuviera recibiendo.
Mensual.
- El ERTE que tramite el empresario, ya sea por suspensión de contratos o reducción temporal de la jornada de trabajo, solo afectara al trabajador beneficiario de este subsidio en la parte de la jornada no afectada por el cuidado del menor.
- No existirá obligación de cotizar, teniéndose el periodo por cotizado a todos los efectos.
Mientras dure el estado de alarma.
Compatible con la prestación de desempleo.
La empresa, al tiempo de presentar la solicitud, indicará las personas que tengan reducida la jornada de trabajo como consecuencia de ser titular del subsidio por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave señalando la parte de la jornada que se ve afectada por el ERTE.
Buzón de consultas:pinche aquí.
Teléfono (INSS):901166565,con atención de lunes a viernes en horario de 9 a 20 horas.
- Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19. Disposición adicional vigesimosegunda.
- Real Decreto-ley 24/2020, de 26 de junio, de medidas sociales de reactivación del empleo y protección del trabajo autónomo y de competitividad del sector industrial.
Las personas trabajadoras por cuenta ajena y los autónomos que vinieran percibiendo el subsidio por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave a fecha 14 de marzo de 2020 continuarán percibiéndolo durante el Estado de Alarma.
- Fecha inicio efectos
Desde la fecha de suspensión o reducción de la jornada, siempre con posterioridad al 14 de marzo 2020.
- Fecha de última modificación
- 04/07/2020